Para personarse, por tratarse de un proceso que se sigue ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo, es preciso ir asistido por un jurista. La figura del procurador es voluntaria. Ahora bien, a la hora de recurrir una sentencia procedente de un Juzgado, resuelve la Sala Contenciosa-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia que sea, mientras que si la sentencia ha sido emitida por un Juzgado Central, resolverá la Sala Contenciosa-administrativa de la Audiencia Nacional.